Paso a paso: Implementación del Comité Paritario de Higiene y Seguridad en Chile

1 de noviembre de 2025

Más que una obligación, una oportunidad para proteger y liderar

En Chile, muchas empresas ven la implementación del Comité Paritario de Higiene y Seguridad como un trámite más. Sin embargo, este comité es mucho más que un requisito legal: es el motor que impulsa la cultura preventiva dentro de toda organización.

Implementarlo correctamente no solo evita multas o fiscalizaciones negativas, sino que también reduce accidentes, fortalece la confianza interna y mejora la productividad. En Pretra Consultores hemos comprobado que, cuando el comité funciona bien, la prevención deja de ser un papel y se convierte en una práctica viva que protege personas y resultados.

Marco normativo chileno que regula la implementación

Ley N.º 16.744 y Decreto Supremo N.º 54: lo que debes conocer

La Ley N.º 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, junto con el Decreto Supremo N.º 54, establecen la obligación de crear Comités Paritarios en todas las empresas que tengan más de 25 trabajadores.
Su objetivo es promover la prevención de riesgos, investigar accidentes y asesorar a empleadores y trabajadores en todo lo relativo a la seguridad y salud laboral.

Empresas obligadas, número de trabajadores y plazos legales

  • Empresas con más de 25 trabajadores deben constituir un Comité Paritario por cada faena o sucursal.

  • Debe constituirse dentro de los primeros 90 días desde que la empresa alcanza dicho número.

  • La Dirección del Trabajo supervisa su cumplimiento y funcionamiento.

Sanciones por incumplimiento

No conformar o registrar el comité puede derivar en multas que van desde 3 a 60 UTM, además de observaciones en fiscalizaciones de la SEREMI de Salud. Pero más allá de la sanción, el costo reputacional y humano de un accidente sin respaldo normativo puede ser devastador.

Paso a paso para implementar correctamente el Comité Paritario

1️⃣ Designación de los representantes de la empresa

El empleador debe nombrar a sus representantes, preferentemente personas con experiencia y conocimiento en prevención de riesgos. Estos serán los encargados de coordinar las acciones internas y de velar por el cumplimiento de las normas.

2️⃣ Elección de los representantes de los trabajadores

Los trabajadores eligen, mediante votación secreta y directa, a sus representantes titulares y suplentes. Este proceso democrático asegura legitimidad y compromiso real con las decisiones que se adopten.

3️⃣ Elaboración y firma del acta de constitución

Una vez designados todos los miembros, se redacta un Acta de Constitución del Comité Paritario, donde se indican los nombres, cargos y fecha de conformación. Este documento es la base legal que da vida al comité.

4️⃣ Designación del presidente y secretario

Durante la primera sesión, los integrantes eligen a un presidente (normalmente un representante de la empresa) y a un secretario (generalmente un representante de los trabajadores).
Ambos roles son esenciales para la coordinación, registro y ejecución de las decisiones adoptadas.

5️⃣ Registro formal del Comité ante la Dirección del Trabajo

Este paso es obligatorio. El registro debe realizarse dentro de los 15 días hábiles posteriores a la constitución.
El trámite se efectúa en línea en el sitio web de la Dirección del Trabajo (www.dt.gob.cl), adjuntando el acta y los datos de los integrantes.

6️⃣ Planificación de reuniones ordinarias y extraordinarias

El Comité debe sesionar mensualmente de forma ordinaria y cada vez que ocurra un accidente grave o situación de riesgo relevante.
Todas las reuniones deben quedar registradas en actas firmadas por los participantes.

7️⃣ Comunicación y difusión interna del Comité

Un error frecuente es no informar a los trabajadores sobre la existencia y función del Comité.
Para que sea efectivo, debe darse a conocer mediante murales, intranet, capacitaciones y reuniones, fomentando la participación y la prevención activa.

Errores más frecuentes en la constitución del Comité Paritario

No registrar el Comité dentro del plazo legal

El registro tardío o su omisión puede generar multas e invalidez del comité.

No capacitar a los representantes elegidos

Sin capacitación, los miembros desconocen sus deberes y responsabilidades, lo que vuelve ineficiente al comité.

No dejar constancia escrita de las reuniones

Cada reunión debe tener su acta formal, con acuerdos, responsables y fechas de seguimiento.

Falta de coordinación entre presidente y secretario

Cuando no hay comunicación efectiva, las decisiones se estancan y se pierden oportunidades de mejora.

Comité inactivo o simbólico

Tener un comité solo en papel es una de las infracciones más comunes detectadas por la autoridad. La prevención requiere continuidad, acción y evidencia documental.

Funciones clave y responsabilidades del Comité Paritario

  • Identificar, evaluar y proponer medidas para controlar los riesgos laborales.

  • Participar en la investigación de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

  • Promover la capacitación y la cultura preventiva entre los trabajadores.

  • Asesorar a la gerencia sobre mejoras en infraestructura, procedimientos y equipos.

  • Colaborar con el organismo administrador (Mutual, ACHS, IST o ISL) en campañas preventivas.

Beneficios de un Comité Paritario activo y bien gestionado

Reducción de accidentes y sanciones

Un comité que funciona correctamente reduce significativamente la tasa de siniestralidad y demuestra cumplimiento normativo ante las fiscalizaciones.

Mejora del clima laboral y participación

Los trabajadores se sienten escuchados, aumenta su compromiso y mejora el ambiente laboral.

Fortalecimiento de la reputación corporativa

Una empresa que promueve seguridad y bienestar proyecta confianza, atrayendo talento y consolidando su imagen institucional.

¿Cómo Pretra Consultores te ayuda a implementar tu Comité Paritario?

En Pretra Consultores acompañamos a empresas, instituciones públicas y PYMES de todo Chile en cada etapa del proceso, asegurando que el Comité Paritario se constituya correctamente y opere con eficiencia.

Nuestros especialistas te apoyan con:

  • Diagnóstico inicial y preparación de documentación legal.

  • Asesoría completa para la elección y designación de miembros.

  • Elaboración del Acta de Constitución conforme a la normativa.

  • Registro electrónico ante la Dirección del Trabajo.

  • Capacitaciones prácticas para miembros del comité.

  • Acompañamiento y seguimiento permanente.

Así garantizamos cumplimiento normativo, reducción de riesgos y fortalecimiento de la cultura preventiva dentro de tu organización.

Conclusión — Construye seguridad, no solo cumplimiento

Implementar el Comité Paritario de Higiene y Seguridad no es una formalidad: es una decisión estratégica que protege a las personas, a la empresa y al futuro.
Cada paso cuenta. Hacerlo bien marca la diferencia entre un accidente evitado y una sanción costosa.

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