Para superar una fiscalización de la Dirección del Trabajo en 2026, tu empresa necesita tres cosas: documentos del DS 44 actualizados (MIPER, programa preventivo, capacitaciones, plan de emergencia), una gestión de Ley Karin que funcione en la práctica y condiciones de terreno que cumplan el DS 594. Tener los papeles no basta: deben coincidir con lo que el fiscalizador ve en terreno y estar respaldados con evidencia.
Y la DT lo está demostrando con cifras. Según su cuarto informe de Ley Karin, publicado el 28 de agosto de 2026, el servicio realizó 4.818 fiscalizaciones asociadas a Ley Karin entre agosto de 2024 y junio de 2026, y en 2.231 de ellas cursó al menos una multa. Es decir, cerca de la mitad de las empresas fiscalizadas por esta materia fue multada.
Una fiscalización no empieza cuando el inspector llega a tu empresa. Empieza mucho antes: con cada documento que no actualizaste, cada medida preventiva que quedó pendiente y cada procedimiento que existe en una carpeta, pero no en la operación.
Si eres responsable de Prevención de Riesgos, probablemente ya lo pensaste más de una vez: «Tengo todo archivado… pero si mañana llega la DT, ¿de verdad podría demostrarlo?» Esa duda no es paranoia. Es exactamente la pregunta correcta.
Hay una pregunta concreta que hace un fiscalizador y que la mayoría de las empresas no puede responder, aunque tenga todos sus documentos al día. Te la cuento al final de esta guía, junto con cómo prepararte para ella. Primero, veamos qué está mirando la DT este año.
¿Qué está fiscalizando la Dirección del Trabajo?
La Dirección del Trabajo fiscaliza el cumplimiento de la legislación laboral, previsional y de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo que caen dentro de sus competencias. En 2026, sus actuaciones públicas muestran foco en condiciones de higiene y seguridad, jornadas y descansos, transporte, actividades estacionales y obligaciones de Ley Karin.
La consecuencia práctica es incómoda, pero importante: no existe un checklist universal que garantice superar cualquier fiscalización de la DT. Las materias revisadas dependen de:
- el origen de la fiscalización (programa, denuncia, accidente);
- su alcance;
- la actividad económica de la empresa;
- las condiciones encontradas en terreno;
- la normativa aplicable al rubro.
Lo que sí existe son obligaciones transversales de SST que conviene revisar antes de que alguien las revise por ti. Y la primera es la que más cambió en los últimos dos años.
Fiscalización DT 2026 y DS 44: el punto más crítico
El Decreto Supremo N° 44, vigente desde el 1 de febrero de 2025, es el reglamento que regula la gestión preventiva de los riesgos laborales en Chile y el eje de cualquier revisión de SST en 2026. Reemplazó, entre otros, a los antiguos DS N° 40 y DS N° 54, y consolidó sus materias en un solo cuerpo normativo.
El cambio no es solo documental. El DS 44 exige que la entidad empleadora gestione los riesgos presentes en los lugares de trabajo y proteja eficazmente la vida y salud de las personas trabajadoras. Eso significa que el fiscalizador no busca una carpeta: busca un sistema que funcione.
¿Qué revisar del DS 44 antes de una fiscalización?
- matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (MIPER);
- programa de trabajo preventivo;
- información de riesgos laborales a cada persona trabajadora;
- capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo;
- medidas de control implementadas;
- gestión de emergencias;
- funcionamiento de la estructura preventiva que corresponda (Comité Paritario, Departamento de Prevención, delegado);
- participación de las personas trabajadoras;
- registros y evidencias;
- gestión de riesgos ergonómicos y psicosociales;
- violencia y acoso en el trabajo;
- enfoque de género en la gestión preventiva.
Ojo con esto: descargar un formato y cambiarle el nombre de la empresa no es cumplir el DS 44. El reglamento exige una gestión vinculada a los procesos, tareas, puestos y riesgos reales de tu organización.
1. MIPER: el documento que más se revisa (y que más falla)
La Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (MIPER) es el documento base del DS 44 y el primero que conviene revisar antes de una fiscalización. El artículo 7 del reglamento obliga a confeccionarla asociada a procesos, tareas y puestos de trabajo.
Debe considerar, entre otros, riesgos:
- ergonómicos;
- psicosociales;
- de violencia y acoso;
- derivados de accidentes ocurridos;
- asociados a enfermedades profesionales;
- vinculados a programas de vigilancia ocupacional.
La MIPER debe estar disponible en los lugares de trabajo, ser informada a las personas trabajadoras y revisarse al menos una vez al año, además de actualizarse ante cambios relevantes en las condiciones de trabajo, accidentes, diagnósticos de enfermedad profesional o situaciones de riesgo grave e inminente.
Error frecuente: una matriz con tareas que ya no existen, equipos que fueron reemplazados o riesgos que no corresponden al puesto actual. Como de la MIPER deriva casi toda la planificación preventiva, un error aquí se multiplica en cadena.
Y esa cadena tiene un segundo eslabón que casi siempre se rompe.
2. Programa de trabajo preventivo: la MIPER no puede quedarse en diagnóstico
El DS 44 obliga a elaborar o modificar el programa de trabajo preventivo a partir de la MIPER dentro de los 30 días corridos desde su confección o actualización.
Eso implica pasar de «tenemos este riesgo» a «tenemos este riesgo, implementaremos estas medidas, hay responsables y verificaremos su cumplimiento».
Antes de una fiscalización DT 2026, comprueba que exista esta trazabilidad:
MIPER → riesgos identificados → medidas → programa preventivo → ejecución → evidencia.
Una cadena coherente vale mucho más que diez documentos impecables que no conversan entre sí.
3. Información y capacitación: una firma no prueba que alguien aprendió
El DS 44 exige que cada persona trabajadora reciba, antes de iniciar sus labores, información oportuna y adecuada sobre los riesgos de su trabajo, las medidas preventivas y los procedimientos correctos, según la MIPER y el programa preventivo.
Además, establece exigencias específicas de capacitación en SST, que incluyen materias como riesgos presentes, medidas preventivas, prestaciones de la Ley 16.744, emergencias, señalética y prevención de incendios.
Ante una fiscalización, deberías poder demostrar:
qué se informó + a quién + cuándo + sobre qué riesgos + qué capacitación se hizo + qué respaldo existe.
4. Máquinas y equipos: el procedimiento debe describir el trabajo real
El artículo 10 del DS 44 regula la información sobre uso seguro de máquinas, equipos y elementos de trabajo. Cuando existen riesgos de atrapamiento, corte, lesión o amputación, el reglamento exige un procedimiento de trabajo seguro conforme a la normativa técnica vigente, que incluya operación, mantenimiento, control de funcionamiento y protecciones.
Pregúntate con honestidad: ¿el procedimiento describe cómo trabaja hoy el operador? Si la respuesta es no, tienes una brecha que conviene cerrar antes de cualquier inspección.
5. Plan de emergencia: debe estar ensayado, no solo escrito
El DS 44 exige uno o más planes para gestionar y responder ante emergencias, catástrofes, desastres u otros eventos previsibles. El plan debe ensayarse al menos una vez al año, simulando una emergencia real.
Un archivo llamado «Plan de Emergencia» no acredita nada. El registro del simulacro, sus participantes y las mejoras derivadas, sí.
Autodiagnóstico rápido: ¿tu empresa está preparada para una fiscalización DT ?
Antes de seguir, haz este ejercicio. Toma 3 minutos y responde «sí» o «no» con total honestidad:
- ¿La MIPER fue revisada en los últimos 12 meses?
- ¿Refleja los puestos, tareas y equipos que existen hoy?
- ¿El programa preventivo se actualizó dentro de los 30 días siguientes a la última revisión de la MIPER?
- ¿Cada medida del programa tiene responsable, plazo y evidencia de ejecución?
- ¿Puedes demostrar qué contenido recibió cada persona en su capacitación, no solo que firmó?
- ¿El plan de emergencia se ensayó con simulacro en el último año?
- ¿Quienes reciben denuncias de Ley Karin saben aplicar el procedimiento?
- ¿Los procedimientos de máquinas describen la operación real?
- ¿Revisaste en terreno agua potable, servicios higiénicos y condiciones ambientales del DS 594?
- ¿Las medidas pendientes de inspecciones anteriores están cerradas con evidencia?
Si respondiste «no» a tres o más preguntas, tu empresa tiene brechas que una fiscalización probablemente detectaría. La buena noticia: todas son corregibles antes de que lleguen.
Fiscalización DT y Ley Karin: lo que dicen las cifras
La Ley N° 21.643, conocida como Ley Karin, vigente desde el 1 de agosto de 2024, es una de las materias más fiscalizadas por la DT en 2026. Obliga a las empresas a prevenir, investigar y sancionar el acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo.
Los datos del cuarto informe de la Dirección del Trabajo (28 de agosto de 2026), que cubre desde el 1 de agosto de 2024 hasta el 30 de junio de 2026:
| Indicador Ley Karin | Cifra |
|---|---|
| Ingresos asociados a posibles materias de Ley Karin | 92.643 |
| Ingresos derivados a otros procedimientos (no correspondían a Ley Karin) | 48.505 (52 %) |
| Investigaciones con infracción acreditada | 1.551 |
| Fiscalizaciones relacionadas con Ley Karin | 4.818 |
| Fiscalizaciones con al menos una multa | 2.231 |
| Valor inicial de las multas cursadas | cerca de $5.799 millones |
La DT advierte que el valor inicial de las multas puede variar por reconsideraciones, rebajas o pagos posteriores. Aun así, la proporción habla sola.
En el mismo informe, la DT anunció un plan de intervención temprana en los lugares de trabajo, enfocado inicialmente en las regiones Metropolitana y de Valparaíso, que concentran la mayor proporción de investigaciones. Si tu empresa opera en la RM, este es un año para tener la gestión de Ley Karin especialmente ordenada.
¿Qué revisar de Ley Karin antes de una fiscalización?
- protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo;
- incorporación y actualización en el Reglamento Interno;
- canales de recepción de denuncias;
- procedimiento interno de investigación;
- medidas de resguardo;
- gestión y plazos de las investigaciones;
- capacitación e información a las personas trabajadoras;
- gestión preventiva de factores asociados a violencia y acoso (vinculada a la MIPER);
- respaldo documental de cada actuación.
El Dictamen N° 146/13: tener el protocolo no basta
El 24 de febrero de 2026, la DT emitió el Dictamen ORD. N° 146/13, que precisó, entre otras materias, que ante una denuncia inconsistente o incompleta el empleador debe otorgar un plazo razonable para complementarla e iniciar la investigación con los antecedentes disponibles, en lugar de desestimarla.
Esto demuestra algo que vemos con frecuencia: el protocolo existe, pero quienes reciben las denuncias no saben aplicarlo. Y en una fiscalización, lo que se evalúa es la aplicación.
Ahora bien, puedes tener el DS 44 y la Ley Karin documentalmente perfectos y aun así enfrentar la sanción más grave que puede aplicar la DT. Así es como pasó en febrero.
DS 594 en la fiscalización DT, no todo es documentación
Una fiscalización de la DT también verifica condiciones reales de trabajo, y el DS 594 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo es la referencia para hacerlo.
El caso más ilustrativo de 2026: el 20 de febrero, la Dirección del Trabajo informó la suspensión parcial de faenas de SQM Salar y Albemarle en el Salar de Atacama, región de Antofagasta, en el marco de un programa de fiscalización a empresas extractoras de litio.
Entre los incumplimientos detectados estaban:
- agua potable insuficiente en los puntos de trabajo;
- servicios higiénicos ubicados a una distancia mayor a la permitida;
- elementos de protección personal inadecuados;
- deficiencias en el descanso de trabajadores nocturnos.
Como referencia, la DT recordó que el DS 594 establece una distancia máxima de 75 metros entre el área de trabajo y los servicios higiénicos, y una dotación mínima de 100 litros de agua por persona al día. Ambas suspensiones se levantaron después de que las empresas corrigieran las deficiencias.
La lección para cualquier organización es directa:
El cumplimiento documental y el cumplimiento en terreno tienen que coincidir.
No sirve que un procedimiento diga que una condición está controlada si, durante la inspección, ocurre exactamente lo contrario.
Documentos clave para una fiscalización DT, checklist preventivo
La documentación exigida depende de las materias fiscalizadas y del tamaño y rubro de tu organización. Como orientación preventiva, este es el listado mínimo que conviene tener organizado, actualizado y disponible:
| Documento / materia | Qué deberías comprobar |
|---|---|
| MIPER | Revisada en los últimos 12 meses y vinculada a puestos y tareas reales |
| Programa preventivo | Coherente con la MIPER, actualizado en 30 días, con responsables y plazos |
| Reglamento Interno | Vigente e incorporando Ley Karin |
| Información de riesgos | Entregada antes de iniciar labores y respaldada |
| Capacitaciones SST | Contenido, participantes, fechas y registros |
| Comité Paritario | Constituido y funcionando, cuando corresponda |
| Estructura preventiva | Conforme al tamaño y características de la empresa |
| Plan de emergencia | Actualizado, informado y ensayado al menos una vez al año |
| Ley Karin | Protocolo, canal de denuncias e investigación correctamente aplicados |
| Riesgos psicosociales | Evaluados y gestionados según exigencias aplicables |
| EPP | Selección, entrega, uso y control documentados |
| Procedimientos de trabajo seguro | Consistentes con la operación real, incluidas máquinas y equipos |
| DS 594 | Agua potable, servicios higiénicos y condiciones ambientales verificados en terreno |
| Accidentes laborales | Registros, investigaciones y medidas correctivas cerradas |
| Evidencias | Respaldos verificables de cada acción ejecutada |
Este listado es una orientación preventiva y no reemplaza una revisión legal y técnica específica para tu empresa.
Los 7 errores más comunes ante una fiscalización DT
El problema rara vez es que falte una carpeta. Casi siempre los documentos existen, pero el sistema preventivo no funciona.
- MIPER desactualizada. No refleja procesos, puestos, equipos ni riesgos actuales.
- Programa preventivo desconectado de la matriz. Las acciones planificadas no responden a los riesgos identificados.
- Capacitaciones sin trazabilidad. Hay firmas, pero no se sabe qué contenido se entregó.
- Procedimientos copiados. Describen una operación distinta a la que realmente hace la empresa.
- Ley Karin solo en papel. Existe el protocolo, pero quienes gestionan denuncias no conocen el procedimiento.
- Medidas pendientes sin seguimiento. La empresa detectó el riesgo, pero no puede demostrar que lo corrigió.
- Diferencias entre papel y terreno. El más delicado: la documentación afirma una cosa y las condiciones observables muestran otra.
Si reconociste a tu empresa en dos o más de estos errores, no es una falla tuya: es la consecuencia lógica de llevar la prevención sola mientras la normativa cambia. Lo que importa es corregirlo antes de que lo encuentre otro.
Cómo prepararse para una fiscalización DT en 5 pasos
La mejor estrategia no es ordenar carpetas cuando te notifican una fiscalización. Es auditar antes.
Paso 1: determina qué normativa aplica a tu empresa
No todas las organizaciones tienen las mismas obligaciones. Analiza:
- número de personas trabajadoras;
- actividad económica;
- centros de trabajo;
- riesgos existentes;
- organización preventiva;
- presencia de contratistas y subcontratistas;
- maquinaria y equipos;
- exposición a agentes;
- normativa sectorial aplicable.
Paso 2: realiza un diagnóstico documental con evidencia
Revisa cada obligación y clasifícala en Cumple / Cumple parcialmente / No cumple / No aplica.
Pero exige evidencia: si la respuesta es «cumple», deberías poder demostrar por qué.
Paso 3: inspecciona el terreno
Ahora deja la carpeta. Recorre las instalaciones, conversa con las personas trabajadoras y observa los procesos. Comprueba protecciones, señalización, servicios higiénicos, agua potable, almacenamiento, equipos y condiciones ambientales.
La pregunta correcta es una sola: ¿lo que dicen nuestros documentos ocurre realmente acá?
Paso 4: prioriza las brechas por gravedad
No todas las desviaciones pesan igual. Prioriza primero las que pueden afectar directamente la vida y salud de las personas y las obligaciones críticas incumplidas. Ese es también el criterio que puede llevar a una suspensión de faenas.
Paso 5: corrige y genera evidencia de cierre
Implementa la medida y conserva un respaldo verificable:
Hallazgo → acción correctiva → responsable → fecha → evidencia → verificación de cierre.
Así una revisión puntual se convierte en un sistema de control permanente.
La pregunta del fiscalizador que la mayoría de las empresas no puede responder
Al inicio te prometí una pregunta concreta. Es esta:
«¿Cómo lo demuestra?»
No «¿tiene la matriz?», sino ¿cómo demuestra que la revisó y que de ella salieron estas medidas? No «¿capacitó?», sino ¿cómo demuestra qué aprendió esta persona sobre los riesgos de su puesto? No «¿tiene protocolo de Ley Karin?», sino ¿cómo demuestra que lo aplicó en la última denuncia?
La mayoría de las empresas tiene documentos. Muy pocas tienen trazabilidad. Y ahí es donde se cursan las multas.
Imagina dos escenarios:
Escenario A: llega la Dirección del Trabajo y recién ahí descubres que la MIPER está desactualizada, el programa preventivo no conversa con ella y faltan evidencias de capacitación.
Escenario B: esas mismas brechas se detectaron tres meses antes en una revisión interna, y hoy existe un plan correctivo implementado con evidencia de cierre.
La diferencia no está en tener «más prevención». Está en gestionar antes de reaccionar.
Una auditoría preventiva sigue la misma lógica que una fiscalización:
requisito → evidencia → cumplimiento → brecha → acción correctiva.
Por eso es la forma más directa de saber, hoy, qué encontraría un fiscalizador mañana.
Dudas antes de pedir una auditoría preventiva
«Ya tenemos todos los documentos.» Es lo más común, y precisamente por eso la auditoría es útil: no revisa si los documentos existen, sino si conversan entre sí y si coinciden con el terreno. Los 7 errores de esta guía aparecen sobre todo en empresas que creen estar al día.
«Lo puedo revisar yo con un checklist.» Puedes, y el checklist de esta guía te ayuda a empezar. La ventaja de una mirada externa es que no está acostumbrada a la operación: ve lo que quienes trabajan ahí todos los días ya dejaron de ver.
«No tenemos tiempo ahora; lo vemos cuando llegue la fiscalización.» Cuando llega la fiscalización ya no hay margen para corregir. En el caso de las faenas de litio, la corrección llegó después de la suspensión.
«¿Cuánto cuesta una auditoría preventiva?» Depende del número de centros de trabajo, de personas trabajadoras y del alcance (solo documental o documental + terreno).
¿Quieres saber qué encontraría hoy un fiscalizador en tu empresa? En Pretra Consultores realizamos una auditoría preventiva pre-fiscalización que cruza DS 44, Ley Karin y DS 594 con lo que ocurre en terreno, y te entregamos las brechas priorizadas y un plan para cerrarlas.
Según lo que necesite tu organización, el trabajo puede incluir:
- diagnóstico de cumplimiento normativo;
- revisión documental;
- revisión de la implementación del DS 44;
- actualización de la MIPER;
- programa de trabajo preventivo;
- revisión de procedimientos de trabajo seguro;
- revisión de la gestión de Ley Karin;
- capacitaciones en SST;
- acompañamiento técnico para cerrar las brechas detectadas.
La idea es simple: encontrar primero lo que podría detectar una fiscalización y corregirlo a tiempo.
Preguntas frecuentes sobre la fiscalización DT 2026
¿Qué revisa la Dirección del Trabajo en una fiscalización?
Depende del origen, alcance y materias de la fiscalización. La DT puede fiscalizar el cumplimiento de la normativa laboral, previsional y de Seguridad y Salud en el Trabajo dentro de sus competencias. Por eso no existe una lista única de documentos aplicable a todas las inspecciones.
¿La Dirección del Trabajo puede fiscalizar el DS 44?
Sí. El DS 44 reconoce a las entidades fiscalizadoras dentro de su regulación y obliga a la entidad empleadora a permitir su ingreso a los lugares de trabajo para ejercer sus atribuciones en Seguridad y Salud en el Trabajo.
¿Qué documentos pide la DT en una fiscalización de seguridad?
Depende de la materia, pero los más frecuentes en SST son la MIPER, el programa de trabajo preventivo, los registros de información y capacitación, el plan de emergencia y su simulacro, el Reglamento Interno, la documentación del Comité Paritario, el protocolo de Ley Karin y los registros de accidentes.
¿Cada cuánto debe actualizarse la MIPER?
Según el DS 44, al menos una vez al año y también ante cambios en las condiciones de trabajo que impliquen riesgos adicionales, accidentes del trabajo, diagnósticos de enfermedad profesional o situaciones de riesgo grave e inminente. Tras cada actualización, el programa preventivo debe ajustarse en un plazo de 30 días corridos.
¿La DT está fiscalizando la Ley Karin en 2026?
Sí. Según el cuarto informe de la DT, entre el 1 de agosto de 2024 y el 30 de junio de 2026 se realizaron 4.818 fiscalizaciones relacionadas con Ley Karin y en 2.231 se cursó al menos una multa. La DT además anunció un plan de intervención temprana en lugares de trabajo.
¿La DT puede suspender faenas?
Sí. Cuando detecta incumplimientos que comprometen seriamente la seguridad o salud de las personas, puede disponer la suspensión de faenas. En febrero de 2026 suspendió parcialmente faenas de SQM Salar y Albemarle en Antofagasta por incumplimientos del DS 594, levantadas tras la corrección.
¿Tener todos los documentos evita una multa?
No necesariamente. Una empresa puede tener la documentación completa y aun así presentar incumplimientos en su implementación o en las condiciones reales del lugar de trabajo. Lo que se evalúa es la coherencia entre documentos, evidencia y terreno.
¿Cómo prepararse antes de una fiscalización de la DT?
Con una auditoría preventiva que contraste normativa, documentos, registros y condiciones reales del lugar de trabajo. Las brechas detectadas deben priorizarse por gravedad, corregirse y cerrarse con evidencia verificable.
Conclusión: la mejor fiscalización es la que preparaste antes
Una fiscalización DT no debería encontrar a tu empresa buscando la última versión de la matriz o preguntándose cuándo fue la última capacitación. Con casi la mitad de las fiscalizaciones por Ley Karin terminando en multa y suspensiones de faenas por condiciones básicas del DS 594, la preparación dejó de ser opcional.
Quédate con cinco ideas:
- Revisa la implementación del DS 44, no solo la existencia de documentos.
- Mantén la MIPER actualizada y conectada con el programa preventivo en el plazo de 30 días.
- Comprueba que las condiciones de terreno coincidan con tus procedimientos y con el DS 594.
- Asegúrate de que la Ley Karin funcione en la práctica, no solo en el protocolo.
- Haz una auditoría preventiva y cierra las brechas con evidencia antes de que llegue la DT.
La prevención más efectiva no es la que intenta ordenar todo cuando aparece una inspección. Es la que te permite abrir la puerta sabiendo que lo escrito, lo implementado y lo que ocurre en terreno cuentan la misma historia.
Llega antes que la fiscalización
En Pretra Consultores acompañamos a organizaciones a cumplir el DS 44, la Ley Karin y el DS 594 sin sumar otra carpeta a tu escritorio. Revisamos documentos y terreno con la misma lógica de un fiscalizador, para que tú corrijas primero.
¿Prefieres resolver una duda puntual primero? 📱 WhatsApp: +56 9 5140 1592 ✉️ contacto@pretra.cl 🌐 www.pretra.cl ·